APROBACION DE LA EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DEL "PLAN LOCAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA AGLOMERACION CENTRAL SAN CARLOS-MALDONADO-PUNTA DEL ESTE"




Promulgación: 02/07/2015
Publicación: 11/02/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Oficio N° 2616/2014, de 29 de diciembre de 2014, por el cual la Intendencia de Maldonado solicitó la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Aglomeración Central San Carlos-Maldonado-Punta del Este" (Exp. OFI: 2092/2013);

   RESULTANDO: I) que por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;

   II) que, habiéndose cumplido con los requisitos de presentación y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica, la División Promoción del Desarrollo Sostenible de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, por informe de 16 de junio de 2015, sugiere aprobar la evaluación del referido instrumento;

   CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Aglomeración Central San Carlos-Maldonado-Punta del Este";

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, y, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;

                  LA MINISTRA DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
                       TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Aglomeración Central San Carlos-Maldonado-Punta del Este".-

2

   Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la notificación de la Intendencia de Maldonado, debiéndose adjuntar a dicha notificación una copia del informe de la División Promoción del Desarrollo Sostenible, de 16 de junio de 2015 (Ref. 9, fojas 61 a 65), y publíquese en el Diario Oficial.-

   ENEIDA de LEÓN
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