APROBACION DE LA EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DEL "PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA 4 BOCAS". SALTO




Promulgación: 15/07/2013
Publicación: 24/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 86
VISTO: el oficio N° 1044/2012 por el cual la Intendencia de Salto solicita
al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la
aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del "Programa de
Actuación Integrada 4 Bocas" en la ciudad de Salto, Departamento de Salto
(Exp. 2013/14000/00346);

RESULTANDO: I) que por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, se
reglamentó el Artículo 47 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, en
lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de los
Instrumentos de Ordenamiento Territorial;

II) que el programa de Actuación Integrada 4 Bocas ha cumplido con los
requisitos de presentación y las etapas correspondientes al proceso de
Evaluación Ambiental Estratégica;

III) que por informe, de fecha 26 de junio de 2013, el Grupo de Trabajo de
Evaluación Ambiental Estratégica concluye que se han cumplido las
instancias previstas, por lo que corresponde aprobar la Evaluación
Ambiental Estratégica del "Programa de Actuación Integrada 4 Bocas";

CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Medio Ambiente sugiere proceder
según lo indicado por el Grupo de Trabajo de Evaluación Ambiental
Estratégica, sin perjuicio de la Autorización Ambiental Previa que
corresponderá solicitar, según lo previsto en el Articulo 11 del Decreto
N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N°
18.308, de 18 de junio de 2008, y por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo
de 2009;

                 EL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
                       TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

 Apruébese la Evaluación Ambiental Estratégica del "Programa de Actuación
Integrada 4 Bocas", en la ciudad de Salto, Departamento de Salto.-

2

 Esta resolución se dicta en cumplimiento de las normas en que se funda,
por lo que es sin perjuicio de otros permisos o autorizaciones que
correspondan y de los derechos que a terceros pudieran corresponder.-

3

 Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la
notificación de la Intendencia de Salto, a cuyos efectos deberá tenerse
presente lo informado a fojas 102 del presente expediente y publíquese.-

FRANCISCO BELTRAME
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