PRODUCTOS TRANSGENICOS MON 810. MAIZ




Promulgación: 28/07/2003
Publicación: 17/09/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 229

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 (Contralor y sanciones). Cométase a la Dirección Nacional de Medio 
Ambiente el contralor del cumplimiento de la presente. Las infracciones a 
cualquiera de las condiciones establecidas en esta resolución, se 
sancionarán mediante la aplicación de las multas previstas en el artículo 
6º de la Ley Nº 16.112, de 30 de mayo de 1990, sin perjuicio de lo 
dispuesto por los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 17.283, de 28 de 
noviembre de 2000.-
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