FIJACION DE UNICA VIA DE ACCESO AL CABO POLONIO. ROCHA




Promulgación: 06/02/1996
Publicación: 13/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 403

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   Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral primero, los Gobiernos
Departamentales, organismos públicos y particulares deberán recabar ante
el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la
correspondiente autorización de acceso a la faja de defensa de costas al
Cabo Polonio, en el plazo de treinta días contados a partir de la fecha de
la presente resolución, so pena de la aplicación de las sanciones
previstas por el artículo 452 de la ley 16.736; artículo 4 de la ley
16.466, del 19 de enero de 1994; artículo 6 de la ley 16.112 del 30 de
mayo de 1990; artículo 453 de la ley 16.170, del 28 de diciembre de 1990 y
artículo 194 de la ley 15.903 del 10 de noviembre de 1987.
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