OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OCUPACION DE LA FRACCION DEL ALVEO DEL ARROYO LAS VIBORAS




Promulgación: 25/06/2025
Publicación: 01/07/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   OBLIGACIONES DEL PERMISARIO
   Además de las obligaciones establecidas en el Código de Aguas, el Permisario tendrá las siguientes: a) Obras: Realizar la totalidad de las obras propuestas que cuenten con la aprobación de la Administración; b) Mantenimiento: Realizar a su cargo las tareas de mantenimiento y/o reparaciones necesarias para conservar las obras e infraestructura instalada en el área objeto del presente Permiso en óptimas condiciones durante el plazo de vigencia del mismo; c) Información: Mantener a la Administración, a través de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, adecuadamente informada de cualquier circunstancia que pudiera afectarla, así como a suministrarle toda la información que le solicite y las facilidades físicas y locativas para el cumplimiento de las funciones de control de la misma, cualquier información técnica que presente el Permisario deberá estar en idioma español y contar con el aval (firma y timbre profesional) de un profesional en la materia con título avalado por la Universidad de la República, de quien deberá presentarse copia del título y antecedentes profesionales, así como ser presentada mediante original y 3 (tres) copias papel y copia en soporte informático, sin perjuicio de otra información que le sea requerida, el Permisario deberá presentar a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas la siguiente información: - Dentro de un plazo no mayor a 90 (noventa) días contados al día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, memoria descriptiva, relevamiento fotográfico y planos asociados de todas las obras e infraestructura instalada al momento, en el área objeto del presente Permiso, incluyendo un informe relativo al estado de las mismas, una vista de planta de las obras e infraestructura deberá estar inserta en un Plano de Mensura, adicionalmente, se deberá incluir en esta información batimetría de la dársena y canal de acceso al Río de la Plata. - Cada tres años, y dentro de los 10 (diez) primeros días del mes de marzo siguiente al periodo que se informa, un informe técnico sobre el estado de las obras construidas e infraestructura instalada en el área objeto del presente Permiso, indicando las medidas que deban adoptarse para asegurar las condiciones óptimas de conservación comprometidas, el primero de estos informes deberá ser presentado dentro de los 10 (diez) primeros días del mes de marzo de 2029. - Anualmente, y dentro de los 10 (diez) primeros días del mes de febrero del año siguiente al que se informa, totalidad de embarcaciones y pasajeros (arribe y zarpe) durante el año.
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