El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la solicitud formulada por la empresa GREENFIX S.A. de continuar con el desarrollo de la marina para embarcaciones deportivas en el Arroyo Las Víboras, Departamento de Colonia;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de 4 de noviembre de 2004 le fue otorgado a GREENFIX S.A. un Permiso de Derivación de Aguas del Arroyo Las Víboras por un plazo de 10 (diez) años, con destino a la construcción y mantenimiento de las obras asociadas a la marina antes citada, conformada a partir de la excavación de una dársena artificial en parte del Padrón N° 17.920 e integrando su álveo al del referido arroyo;
II) que por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de 3 de febrero de 2015 ese plazo fue prorrogado por 10 (diez) años;
III) que por Decreto N° 149/019, de 3 de junio de 2019 el Arroyo Las Víboras fue declarado navegable o flotable en su tramo final, el cual incluye la marina en cuestión, integrándose entonces su álveo al dominio público;
CONSIDERANDO: I) que la dársena en cuestión fue excavada en la hoy Unidad de Propiedad Horizontal N° 41, de la manzana "A", Padrón N° 344/041, que forma parte de la urbanización denominada "Bahía del Faro - La Toscanita", que se desarrolla en el Padrón matriz N° 344, antes Padrones N° 17.920, 21.165. 21.166 y 21.167 y antes Padrón en mayor área N° 8.450 parte, sito en el Departamento de Colonia, zona suburbana, Localidad Catastral Balneario el Faro, de la cual GREENFIX S.A. acreditó ser propietaria;
II) que es de interés de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que se continúe con el desarrollo de este emprendimiento, para lo cual corresponde que se otorgue un permiso de ocupación de la fracción del álveo del dominio público del Arroyo Las Víboras delimitada por la dársena construida;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto - Ley N° 14.859, de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), por el artículo 260 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, por el Decreto N° 223/997, de 27 de junio de 1997, por el Decreto N° 123/999, de 28 de abril de 1999, y por el Decreto N° 307/023, de 24 de octubre de 2023;
LA MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
PERMISO DE OCUPACIÓN DEL ÁLVEO
Otórgase a GREENFIX S.A. un permiso de ocupación de la fracción de álveo del Arroyo Las Víboras de aproximadamente 1 ha 7.967m² identificada como Fracción "1 A" y Fracción "1 B" en Plano de Mensura del Ingeniero Agrimensor Gustavo Curutchet Holm de noviembre de 2024, cuya copia se incluye en el Anexo 1 (*) de la presente Resolución, necesario para el desarrollo de la marina para embarcaciones deportivas asociado a un complejo hotelero y residencial, de acuerdo a este Plano de Mensura, la fracción de álveo definida resulta el área comprendida dentro de la poligonal cerrada que definen los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 cuyas coordenadas se indican en el mismo.
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en
el Diario Oficial correspondiente.