OBLIGACION PARA LAS EMPRESAS QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, A INCORPORAR UNIDADES CON ACCESIBILIDAD, EN LA PROXIMA RENOVACION DE FLOTA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial, en 2 (dos) diarios de circulación nacional y en la página web del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Notifíquese personalmente a las empresas comprendidas en el numeral 1° de la presente resolución. Cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos.