DETERMINACION DE LA INFORMACION QUE LOS OPERADORES FERROVIARIOS DEBEN FACILITAR TRIMESTRALMENTE A LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO




Promulgación: 10/02/2020
Publicación: 20/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto 280/018 de fecha 5 de setiembre de 2018.

   RESULTANDO: que es necesario establecer claramente la información estadística y contable que deberán presentar los Operadores Ferroviarios a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario, así como la periodicidad con la que deberá suministrarse dicha información.

   CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario cuenta entre sus cometidos establecer los requisitos y controlar el cumplimiento de los reglamentos, resoluciones e instrucciones necesarias para el correcto funcionamiento del modo ferroviario.

   ATENTO: a lo dispuesto por el literal A del artículo 173 de la Ley N° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Los Operadores Ferroviarios deberán facilitar trimestralmente a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario la siguiente información, según corresponda:
   a) Toneladas de carga transportadas
   b) Cantidad de pasajeros transportados
   c) Cantidad de kilómetros recorridos
   d) Toneladas kilómetro realizadas
   e) Pasajeros kilómetros
   f) Ingresos por concepto de transporte
   g) Ingresos totales
   h) Toneladas transportadas por tren cargado (promedio)
   i) Pasajeros transportados por tren (promedio)
   j) Distancia media por tren de carga
   k) Distancia media por tren de pasajeros 
   l) Cantidad de descarrilamientos en vía principal 
   m) Cantidad de descarrilamientos en vías secundarias
   n) Duración media por kilómetro recorrido

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

   La información mencionada en el artículo anterior se deberá enviar por vía electrónica al correo dntf@mtop.gub.uy.

3

   Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario.

   VÍCTOR ROSSI
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