REVOCACION DEL PERMISO DE OCUPACION DE UNA FRACCION DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO SAN JOSE. CONSTRUCCION DE UNA REPRESA PARA RIEGO AGROPECUARIO




Promulgación: 02/12/2019
Publicación: 04/12/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la revocación del permiso de ocupación de una fracción del álveo público del río San José, otorgado a la Sociedad de Hecho "Carreño Zambra, Diego y Carreño Zambra, Andrés".

   RESULTANDO: I) Que por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 2 de julio de 2018, se otorgó el precitado permiso a la referida Sociedad de Hecho, con destino a la construcción de una represa para riego agropecuario en los Padrones N° 143 y 3.614 de la 4° y 5° Sección Catastral del Departamento de Flores.

   II) Que la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Hidrografía informa con fecha 8 de abril de 2019, que de acuerdo a lo establecido en el numeral 3° de la precitada resolución, el permisario debía presentar una garantía de cumplimiento a los efectos de asegurar el desarrollo de dicho permiso, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la notificación de dicho acto administrativo, extremo que no fue cumplido.

   III) Que con fecha 23 de abril de 2019, se le confirió vista a los Señores Andrés Carreño Zambra y Diego Carreño Zambra del precitado informe, sin que los mismos se presentarán a evacuar la misma, trascurrido el plazo legal.

   IV) Que asimismo, el Departamento de Administración de Álveos de la referida Unidad Ejecutora informa que, luego de haber inspeccionado con fecha 12 de julio de 2019 el lugar donde se ubicará la represa objeto del permiso otorgado, se constató que aún no se ha comenzado la construcción de dicha represa, por tanto no se está haciendo uso del permiso solicitado.

   V) Que transcurrido el tiempo y ante la persistencia de la no constitución de la garantía, con fecha 13 de agosto de 2019, se procedió a intimar a los interesados a presentar la referida garantía en un plazo de 10 días bajo apercibimiento de revocar el permiso otorgado.

   VI) Que posteriormente con fecha 22 de octubre de 2019, los interesados presentaron un escrito ante la Dirección Nacional de Hidrografía, solicitando dejar en suspenso el permiso otorgado, debido a que actualmente no se encuentran en condiciones de efectuar el proyecto.

   VII) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha tomado la intervención que le compete.

   CONSIDERANDO: que del informe elaborado por el citado Departamento surge que, de conformidad con lo informado por la Dirección Nacional de Hidrografía, no existen inconvenientes desde el punto de vista legal para proceder a la revocación del permiso otorgado con fecha 2 de julio de 2018.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

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   Revócase el permiso de ocupación de una fracción del álveo público del del río San José, con destino a la construcción de una represa para riego agropecuario en los Padrones N° 143 y 3.614 de la 4° y 5° Sección Catastral del Departamento de Flores, otorgado a la Sociedad de Hecho "Carreño Zambra, Diego y Carreño Zambra, Andrés", según Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 2 de julio de 2018.

   VÍCTOR ROSSI
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