ABANDONO DE EMBARCACIONES A FAVOR DEL ESTADO. EMBARCACIONES "BLACK HUNTER", "INES", "TOTI", "ISABEL", "MERCEDES" y "FRIGERSEN"




Promulgación: 21/11/2019
Publicación: 28/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía, solicitando que se declaren abandonados en favor del Estado, los buques "BLACK HUNTER", "INES", "TOTI", "ISABEL", "MERCEDES" y "FRIGERSEN I" que se encuentran en estado de abandono en el Arroyo de las Vacas. 

   RESULTANDO: I) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de fecha 3 de mayo de 2019 (publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de mayo de 2019) se procedió a intimar al retiro de la embarcación "BLACK HUNTER" en el plazo de 10 días calendario a la firma DINPLAY INTERNATIONAL CORPORATION, otros propietarios, la firma PECOA S.A. en su calidad de arrendataria, representantes, armadores y toda aquella persona que tuviera vinculación jurídica con la misma, bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado. 

   II) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de fecha 3 de mayo de 2019 (publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de mayo de 2019) se procedió a intimar al retiro de la embarcaciones: "INES", "TOTI", "ISABEL" y "MERCEDES" en el plazo de 10 días calendario al Señor Elbio Bonora, otros propietarios, representantes, armadores y toda aquella persona que tuviera vinculación jurídica con las mismas, bajo apercibimiento de declararlas abandonadas a favor del Estado. 

   III) Que por Resolución del Director Nacional de Hidrografía de fecha 3 de mayo de 2019 (publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de mayo de 2019) se procedió a intimar al retiro de la embarcación "FRIGERSEN I" en el plazo de 10 días calendario a la firma FRIGERSEN S.A., otros propietarios, representantes, armadores y toda aquella persona que tuviera vinculación jurídica con la misma, bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado. 

   IV) Que habiéndose vencidos los plazos otorgados y al no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto, permaneciendo incambiada la situación de los buques: "BLACK HUNTER", "INES", "TOTI", "ISABEL", "MERCEDES" y "FRIGERSEN I", la referida Unidad Ejecutora solicita el dictado de la resolución pertinente, declarando que se reputen abandonadas a favor del Estado dichas embarcaciones. 

   V) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) de la indicada Secretaría de Estado, al expedirse al respecto manifiesta que el Organismo actuó dentro del marco de su competencia, dando cumplimiento estricto al procedimiento establecido en la normativa pertinente y que correspondería dictar resolución reputando abandonadas las embarcaciones precitadas a favor del Estado y proseguir con los trámites y operaciones materiales pertinentes. 

   ATENTO: a lo previsto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 del 1° de noviembre de 1992 en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016. 

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Repútanse abandonados a favor del Estado, los buques "BLACK HUNTER", "INES", "TOTI", "ISABEL", "MERCEDES" y "FRIGERSEN que se encuentran en estado de abandono, en el Arroyo de las Vacas afectando la seguridad y operativa portuaria, quedando sin efecto todos los derechos reales, personales o de cualquier especie que existan a favor de terceros sobre las referidas embarcaciones, salvo que éstos asuman a su cargo la extracción de las mismas y el pago de todos los gastos pendientes. 

2

   Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía para contratar las operaciones necesarias para la eliminación o extracción de obstáculos y la disposición del depósito, enajenación y demás medidas conducentes al retiro definitivo de las embarcaciones con traslado de dominio a favor del Estado.

3

   Establécese que los gastos originados por las referidas operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título ejecutivo, debiéndose, además, documentar la correspondiente traslación de dominio en la forma de estilo. 

4

   Comuníquese, publíquese y siga a la Dirección Nacional de Hidrografía a fin de notificar al interesado y proceder como está dispuesto.

   VÍCTOR ROSSI
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