ABANDONO DE EMBARCACIONES A FAVOR DEL ESTADO. BUQUE "REPUNTE III"




Promulgación: 12/10/2017
Publicación: 17/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
                             
   VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía, solicitando que se declare abandonada en favor del Estado, la embarcación "REPUNTE III", propiedad del Señor Héctor Pedro Duarte, que se encuentra en estado de abandono en el Puerto de Punta del Este.

   RESULTANDO: I) Que con fecha 17 de enero de 2017, mediante publicación en el Diario Oficial, se le dio vista del proyecto de Resolución de la Dirección Nacional de Hidrografía, por el cual se establece que la deuda generada por parte de la embarcación "REPUNTE III" para con dicha Unidad Ejecutora, es de un monto de $ 4:677.626 más intereses legales, por concepto de guardería al 17 de noviembre de 2016, intimando al propietario al retiro de la referida embarcación, previo pago de dicha suma en el plazo de 3 días perentorios, bajo apercibimiento de reputar la embarcación ya citada a favor del Estado y operar la traslación de dominio correspondiente.

   II) Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado, sin que el propietario diera cumplimiento al pago de la deuda, se procedió a aprobar la deuda generada en el monto de $ 7:257.676,06, intimando al retiro de la embarcación ya mencionada, mediante Resolución de la Dirección Nacional de Hidrografía de fecha 9 de febrero de 2017, y publicada en el Diario Oficial con 15 de febrero de 2017, por un plazo de 3 días perentorios contados a partir de dicha fecha, bajo apercibimiento de reputar la embarcación ya citada a favor del Estado y operar la traslación de dominio correspondiente.

   III) Que con fecha 6 de junio de 2017 mediante publicación en el Diario Oficial, se le dio vista del proyecto de Resolución del Encargado Interino de Despacho de la ya aludida Unidad Ejecutora, mediante el cual se deja sin efecto la Resolución de fecha 9 de febrero de 2017, aprobando la deuda generada al 30 de abril de 2017, ascendente a la suma de $ 4:767.095 más intereses legales.

   IV) Que en consecuencia, por Resolución del Encargado Interino de Despacho de la ya referida Dirección Nacional, de fecha 10 de julio de 2017 se dejó sin efecto la Resolución de fecha 9 de febrero de 2017, y se aprobó la deuda generada por parte de la embarcación "REPUNTE III", ascendente al 30 de abril de 2017 a la suma de $ 4:767.095 más intereses legales, intimando en consecuencia al Señor Héctor Pedro Duarte, así como a otros propietarios, representantes, apoderados y toda aquella persona que pudiera tener vinculación jurídica con la embarcación, al retiro de dicha embarcación por un plazo de 3 días perentorios contados a partir de dicha fecha, bajo apercibimiento de reputar la misma a favor del Estado y operar la traslación de dominio correspondiente.

   V) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada), al expedirse al respecto manifiesta que, surge que la Dirección Nacional de Hidrografía actuó en el marco de sus competencias, habiendo dado cumplimiento estricto al procedimiento consignado en la normativa vigente, por lo que en tal sentido, no procediendo el titular de la embarcación en la forma intimada, corresponde -salvo mejor opinión- a este Ministerio, declarar abandonada en favor del Estado a la referida embarcación y proseguir con los trámites y operaciones materiales.

   ATENTO: a lo previsto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 del 1° de noviembre de 1992 en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley N° 19.438 de 14 de octubre de 2016.

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                RESUELVE:

1

   Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación "REPUNTE III", propiedad del Señor Héctor Pedro Duarte, que se encuentra en estado de abandono en el Puerto de Punta del Este, afectando la seguridad y operativa portuaria, quedando sin efecto todos los derechos reales, personales o de cualquier especie que existan a favor de terceros sobre la referida embarcación, salvo que éstos asuman a su cargo la extracción de la misma y el pago de todos los gastos pendientes.

2

   Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía para contratar las operaciones necesarias para la eliminación o extracción de obstáculos y la disposición del depósito, enajenación y demás medidas conducentes al retiro definitivo de la embarcación con traslado de dominio a favor del Estado.

3

   Establécese que los gastos originados por las referidas operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título ejecutivo, debiéndose, además, documentar la correspondiente traslación de dominio en la forma de estilo.

4

   Comuníquese, publíquese y siga a la Dirección Nacional de Hidrografía a fin de notificar al interesado y proceder como está dispuesto.

   VÍCTOR ROSSI
Ayuda