PERMISO DE OCUPACION A LA ANP DE FRACCIONES DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY, EN LA ZONA QUE SE DETERMINA




Promulgación: 07/03/2013
Publicación: 12/03/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 409
Ver vigencia: Resolución MTOP S/N de 07/12/2015 numeral 1.
Referencias a toda la norma

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 PROYECTO

El permisario deberá presentar a la Prefectura Nacional Naval, a la
Dirección Nacional de Medio Ambiente y a la Dirección Nacional de
Hidrografía a través del Órgano de Control y en un plazo máximo de 8
(ocho) meses a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución, el Proyecto de las operaciones a realizar y de las
instalaciones a disponer en el álveo, para su aprobación.

La aprobación por parte de la Dirección Nacional de Hidrografía exigirá
comprobar que se verifiquen los extremos de la presente resolución, que se
aplican las reglas del arte y que las instalaciones y operaciones no
implicarán riesgos para terceros. Esta aprobación no exime al Permisario
de la obligación de obtener la autorización de otros organismos ni libera
de responsabilidad al Permisario, quien será el único responsable frente
al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a terceros por cualquier
circunstancia que se derive del mismo.

A partir del día siguiente a la recepción del Proyecto, la Dirección
Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
tendrá un plazo de 30 (treinta) días calendario para formular
observaciones al mismo. Una vez notificado de éstas, el Permisario deberá
responderlas dentro del plazo y de acuerdo a las formalidades que
establezca la Dirección Nacional de Hidrografía.-

El Proyecto deberá presentarse en idioma español mediante original y tres
copias en papel (en color cuando corresponda), y copia en soporte
informático (archivos .doc, .xls, .dwg), contar con el aval de técnicos
especialistas en cada tema con título legalmente habilitado, comprendiendo
todos los elementos necesarios para su análisis, incluyendo en particular:

- Descripción de las operaciones y maniobras a realizar y de los elementos
a instalar.

- Informe técnico que demuestre la idoneidad de los elementos flotantes y
de fondeo aún en las condiciones hidrometeorólogicas más adversas que se
puedan registrar en la zona.

- Cronograma de las instalaciones

- Plan de Mantenimiento de Instalaciones.
Referencias al numeral
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