REGLAMENTACION DEL ART. 211 DE LA LEY 17930 RELATIVO A LAS SANCIONES A USUARIOS DE LOS PUERTOS BAJO JURISDICCION DE LA DIRECCION NACIONAL DE HIDROGRAFIA QUE INFRINJAN LA NORMATIVA PORTUARIA




Promulgación: 09/09/2011
Publicación: 28/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 681
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 211.

2

 A las embarcaciones con multas pendientes de pago no se les otorgará el
libre deuda.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4 (vigencia).
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