EXHORTACION AL PERSONAL DE LA SALUD QUE TRABAJE EN LA REPUBLICA, A NO PRESTAR SERVICIOS EN INSTITUCIONES ESTABLECIDAS EN BRASIL, MIENTRAS DURE EL ACTUAL STATUS SANITARIO DE LA ZONA FRONTERIZA




Promulgación: 31/08/2020
Publicación: 03/09/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Exigir a cada prestador público y privado de atención integral a la salud establecido en los Departamentos de Artigas, Rivera, Treinta y Tres, Rocha y Cerro Largo, que elabore un registro en el cual se indique qué profesionales y trabajadores de la salud de su dependencia prestan funciones en instituciones con sede en la República Federativa de Brasil, información que deberá ser remitida a la Dirección General de la Salud y a la Dirección General de Coordinación.
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