INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA - DERECHOS ASISTENCIALES DE LOS USUARIOS




Promulgación: 06/06/1983
Publicación: 05/07/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 814

3

  La atención del recién nacido a que da derecho la afiliación prenatal se
brindará aún en aquellos casos en que el parto se produzca en forma
intempestiva fuera de la propia institución o de los servicios contratados
por la misma como consecuencia de una evolución clínica no programada o
prevista por la madre, lo que deberá ser avalado por la Dirección Técnica
de la Institución.
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