La atención del recién nacido a que da derecho la afiliación prenatal se
brindará aún en aquellos casos en que el parto se produzca en forma
intempestiva fuera de la propia institución o de los servicios contratados
por la misma como consecuencia de una evolución clínica no programada o
prevista por la madre, lo que deberá ser avalado por la Dirección Técnica
de la Institución.