Fecha de Publicación: 30/03/2016
Página: 13
Carilla: 13

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

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        A los efectos de iniciar el proceso administrativo
        abreviado, las peticiones deberán cumplir con la documentación
        exigida en los literales A a C del Anexo II. Si la petición no
        estuviera acompañada de toda la documentación exigida en el
        referido Anexo, se le otorgará al interesado un plazo de 10 días
        corridos a contar desde dicha presentación, a los efectos de
        agregar la documentación faltante. Vencido el referido plazo, si
        la documentación exigida no hubiese sido agregada en su
        totalidad, la referida petición tendrá el trámite regulado por el
        Decreto N° 500/991.
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