El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 27 de agosto de 2025 y hasta el 26 de agosto de 2027 de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 367/2011, de 14 de octubre de 2011.