EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 18/09/2020
Publicación: 24/09/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución Ministerial de 15 de julio de 2020, por la que se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/06 en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados por M.C.I.S.A.;

   RESULTANDO: que se cometió error en el numeral 2° de la parte dispositiva de la referida resolución, donde indica el período a exceptuar; 

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución MIEM S/N de 15/07/2020 
numeral 2.

2

   Notifíquese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

3

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   OMAR PAGANINI
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