EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 24/07/2020
Publicación: 31/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución Ministerial de 30 de abril de 2020, por la que se redujo el arancel fijado por el Decreto N° 643/06 de 27 de diciembre de 2006 en un 50%, a los productos que se indicaron en la misma, importados por SOLDO HNOS. S.A,;

   RESULTANDO: que se cometió error en el numeral 1° de la parte dispositiva de la referida resolución, al indicar el porcentaje de reducción arancelaria;

   CONSIDERANDO: que corresponde realizar la modificación solicitada;

   ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

   Modifícase el numeral 1° de la parte dispositiva de la Resolución Ministerial de 30 de abril de 2020, en el sentido de establecer que donde dice "en un 50% (cincuenta por ciento)", debe decir "en un 75% (setenta y cinco por ciento)".

2

   Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

3

   Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.

   OMAR PAGANINI
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