El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: la Resolución Ministerial de 8 de enero de 2020, por la que se prorrogó la excepción de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/06 en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados por JAVIER LAGO CORDOBA;
RESULTANDO: I) que se cometió error en inclusión de los productos a exceptuar de la referida resolución, al omitir los productos: NCM 8536.69.10.00;
II) que se cometió error en inclusión de los productos a exceptuar de la referida resolución, al incluir [os productos: NCM 8536.69.10.10;
CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Modifícase la Resolución Ministerial de 8 de enero de 2020, en el sentido de incluir el NCM 8536.69.10.00:
NCM - Descripción
Productor
Exportador
Importador
8536.69.10.00: APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓN, DERIVACIÓN, EMPALME O CONEXIÓN DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, RELÉS, CORTACIRCUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓN TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRIENTE (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS Y DEMÁS CONECTORES, CAJAS DE EMPALME), PARA UNA TENSIÓN INFERIOR O IGUAL A 1.000 VOLTIOS; CONECTORES DE FIBRAS ÓPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS OPTICAS.
Portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes): Los demás. Tomacorrientes polarizados o blindados.
Exclusivamente: módulos tomacorrientes para uso domésticos de instalación domiciliaria, corriente alterna, 250 voltios, 16 amperios, de embutir y de colocación en cajas exteriores. Se incluyen también los conjuntos armados (tomacorriente y plaqueta o tomacorriente y caja exterior)
Modifícase la Resolución Ministerial de 8 de enero de 2020, en el sentido de excluir el NCM 8536.69.10.10:
NCM - Descripción
Productor
Exportador
Importador
8536.69.10.10: APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCION, DERIVACIÓN, EMPALME
O CONEXIÓN DE CIRCUITOS ELÉCTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, PÉLES, CORTACICUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓN TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRIENTE (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS Y DEMÁS CONECTORES, CAJAS DE EMPALME, PARA UNA TENSIÓN INFERIOR O IGUAL A 1.000 VOLTIOS; CONECTORES DE FIBRAS OPTICAS, HACES O CABLES DE FIBRAS ÓPTICAS. Portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes): Los demás.
Tomacorrientes polarizados o blindados. Exclusivamente: módulos tomacorrientes para uso doméstico de instalación domiciliaria, corriente alterna, 250 voltios. 16 amperios, de embutir y de colocación en cajas exteriores. Se incluyen también los conjuntos armados (tomacorriente y plaqueta o tomacorriente y caja exterior).
Esta prórroga de la excepción arancelaria regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 23 de enero de 2020 y hasta el 22 de enero de 2022 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto 367/2011.