VISTO: que el artículo 1 del Decreto N° 367/011 de 14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado de conformidad con el artículo 1 del Decreto 473/006 de 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del citado decreto deberá presentar cada dos años un certificado emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto final incluido en el régimen.
RESULTANDO: I) que la empresa PAUMAVE SRL presentó constancia de inscripción, emitida por la AFIP de la República Argentina con fecha 23 de enero de 2018 de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 del Decreto 367/011 de 14 de octubre de 2011, ante la Dirección Nacional de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 367/011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006, el Decreto N° 643/006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto N° 367/011 de 14 de octubre de 2011.
LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Prorrógase la excepción otorgada mediante resolución ministerial de 22 de agosto de 2014 (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 1 de abril de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2016) y prorrogada por la resolución ministerial de 17 de junio de 2016 (a regir para los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 1 de abril de 2016 y hasta el 31 de marzo de 2018) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 de 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I a los productos, productor, exportador e importador especificados a continuación:
NCM - Descripción |
Productor |
Exportador |
Importador |
3905.21.00.00: POLÍMEROS DE ACETATO DE VINILO O DE OTROS ÉSTERES VINÍLICOS, EN FORMAS PRIMARIAS; LOS DEMÁS POLÍMEROS VINÍLICOS EN FORMAS PRIMARIAS. Copolímeros de acetato de vinilo. En dispersión acuosa. |
ARCHROMA ARGENTINA S.A. |
ARCHROMA ARGENTINA S.A. |
PAUMAVE SRL RUT: 213912600017 |
3906.90.19.00 POLÍMEROS ACRÍLICOS EN FORMAS PRIMARIAS. Los demás. En las formas previstas en la Nota 6.a) de este Capítulo, en agua. Los demás. |
ARCHROMA ARGENTINA S.A. |
ARCHROMA ARGENTINA S.A. |
PAUMAVE SRL RUT: 213912600017 |
CAROLINA COSSEAyuda