REVOCACION DE LA RESOLUCION DEL 2 DE AGOSTO DE 2016 RELATIVA A LA PERDIDA DE PREFERENCIA ARANCELARIA. UNILEVER URUGUAY S.C.C.S.A.




Promulgación: 19/08/2016
Publicación: 08/09/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución Ministerial de fecha 2 de agosto de 2016;

   RESULTANDO: que por la misma se otorgó a la empresa UNILEVER URUGUAY S.C.C.S.A, prórroga del amparo a la excepción del Régimen de pérdida de Preferencia Arancelaria, otorgado mediante Resolución Ministerial de 11 de diciembre de 2014, según lo previsto por los Decretos N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006 y 367/011 de 14 de octubre de 2011, la cual le fue concedida mediante Resolución Ministerial de 2 de agosto de 2016;

   CONSIDERANDO: I) que en esta instancia, la Dirección Nacional de Industrias, advierte que se incurrió en error involuntario en la descripción NCM, donde dice 3402.20.00.10, debe decir 3402.20.00.90;

   II) que la Asesoría Jurídica sugiere revocar por contrario imperio la Resolución del 2 de agosto de 2016 y luego dictar nueva Resolución;

   ATENTO: a lo informado;

               LA MINISTRA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

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   Revócase la Resolución Ministerial de 2 de agosto de 2016, por la cual se otorgó a la empresa UNILEVER URUGUAY S.C.C.S.A, prórroga del amparo a la excepción del Régimen de pérdida de Preferencia Arancelaria, otorgado mediante Resolución Ministerial de 11 de diciembre de 2014, según lo previsto por los Decretos N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006 y 367/011 de 14 de octubre de 2011.

   CAROLINA COSSE
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