VISTO: que el artículo 1° del Decreto N° 367/011 de 14 de octubre de 2011,
establece que todo importador que haya sido exceptuado del arancel fijado
de conformidad con el artículo 1° del Decreto 473/2006 al amparo de lo
dispuesto en el artículo 9° del citado decreto deberá presentar cada dos
años un certificado emitido por la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha
recibido beneficios tributarios al amparo del régimen de Zonas de
Promoción Industrial en los últimos dos años para los productos
clasificados en la misma partida arancelaria que el producto incluido en
el régimen y/o productos que sean insumos o formen parte del producto
final incluido en el régimen.
RESULTANDO: I) que la empresa ZUPRE LTDA. presentó constancia de
inscripción de la empresa productora LECTUS S.A., emitido por la AFIP de
la República Argentina con fecha 13 de enero de 2014, de acuerdo a lo
establecido en los artículos 1° y 3° del Decreto 367/011 ante la Dirección
Nacional de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento
de los extremos establecidos en el artículo 1° del Decreto N° 367/011.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
Prorrogar la excepción otorgada mediante Resolución Ministerial de 13 de
mayo de 2013 (a regir para los despachos de importación numerados y
registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 22 de marzo de
2014) de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006 en su
Anexo I a los productos, productor, exportador e importador especificados
a continuación:
NCM Descripción Productor Exportador Importador
3402.20.00.90: AGENTES DE
SUPERFICIE ORGÁNICOS
(EXCEPTO EL JABÓN)
PREPARACIONES TENSOACTIVAS,
PREPARACIONES DE LAVAR ANIOS ZUPRE S.A.
(INCLUIDAS LAS LECTUS AMÉRICA RUT
PREPARACIONES AUXILIARES S.A. S.A. 214310040011
PARA LAVADO) Y
PREPARACIONES PARA
LIMPIEZA, AUNQUE
CONTENGAN JABÓN,
EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA
34.01. Preparaciones
acondicionadas para la
venta al por menor.
Las demás.