EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 06/05/2013
Publicación: 14/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la resolución ministerial de fecha 23 de abril de 2013, por la que
se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/06
en su Anexo I, a los productos que se indicaron en la misma, importados
por ARCOVAN LTDA.

RESULTANDO: que se cometió error en el numeral 1° de la referida
resolución, al indicar el producto: NCM 1704.90.90.20, cuando correspondía
indicar el producto: NCM 1704.90.20.00.

CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referida modificación.

ATENTO: a lo expuesto.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

 Modifícase la resolución ministerial de fecha 23 de abril de 2013, donde
dice NCM 1704.90.90.20 debe decir NCM 1704.90.20.00.

2

 Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Industrias a sus efectos.

ROBERTO KREIMERMAN
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