EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS.




Promulgación: 09/08/2012
Publicación: 15/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MIEM S/N de 03/09/2012 numeral 1.
VISTO: que la empresa JOSÉ CASTIGLIONI (h) S.A., se presenta al amparo del
artículo 9° literal a) del Decreto N° 473/006 de 27 de noviembre de 2006,
solicitando ser exceptuada de la aplicación del arancel fijado de
conformidad con el artículo 1° de dicha norma.

RESULTANDO: I) que el artículo 9° del referido decreto, dispone que serán
exceptuados de la aplicación del arancel fijado de conformidad con el
artículo 1° para productos con producción en Zonas de Promoción
Industrial, los productos clasificados en la misma posición arancelaria
que aquellos, cuando cumplan con las condiciones que se indican, en el
caso del literal a), ser producidos por empresas que no tienen plantas
instaladas en Zonas de Promoción Industrial y no pertenecer a grupos
económicos con plantas instaladas en Zonas de Promoción Industrial;

II) que a los efectos de obtener la excepción prevista en el artículo 9°,
cada importador del producto deberá presentar la solicitud ante la
Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, declarando bajo juramento que el producto importado cumple con
los requisitos establecidos para el otorgamiento de la excepción;

III) que en el Decreto N° 643/006, de 27 de diciembre de 2006 se
encuentran detallados los productos incluidos en este régimen.

CONSIDERANDO: I) que la empresa JOSÉ CASTIGLIONI (h) S.A., con fecha 29 de
febrero de 2012, ha dado cumplimiento a lo exigido en los artículos 11, 12
y 13 del Decreto N° 473/006, habiendo declarado bajo juramento que el
producto importado cumple con los requisitos establecidos para el
otorgamiento de la excepción;

II) que los productos que motivan la presente solicitud se encuentran
comprendidos en los detallados en el Decreto N° 643/006;

III) que la División de Defensa Comercial y Salvaguardias de la Dirección
Nacional de Industrias ha verificado el cumplimiento del requisito
establecido en el artículo 11° del Decreto N° 473/006;

IV) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería sugiere hacer lugar a lo solicitado por JOSÉ CASTIGLIONI (h) S.A.,
(desde el 29 de febrero de 2012), al amparo de lo dispuesto por el Decreto
N° 473/006, de 27 de noviembre de 2006.

ATENTO: a lo expuesto.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                RESUELVE:

1

 Exceptuar de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N° 643/006
en su Anexo I, al producto, empresa exportadora e importador especificados
a continuación:

NCM                        Productor     Exportador      Importador
3208.10.20.90 PINTURAS Y   Sun           Sun           José Castiglioni
BARNICES A BASE DE         Chemical      Chemical      (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.      Ink S.A.      210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS, O DISUELTOS EN
UN MEDIO NO ACUOSO;
DISOLUCIONES DEFINIDAS EN
LA NOTA 4 DE ESTE
CAPITULO. A base de
poliésteres. Barnices. Los
demás

3208.20.20.00: PINTURAS Y  Sun           Sun           José Castiglioni
BARNICES A BASE DE         Chemical      Chemical      (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.      Ink S.A.      210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS EN
UN MEDIO NO ACUOSO;
DISOLUCIONES DEFINIDAS EN
LA NOTA 4 DE ESTE
CAPÍTULO. A base
depolímeros acrílicos o
vinílicos. Barnices.

3208.90.21.00: PINTURAS Y  Sun            Sun           José Castiglioni
BARNICES A BASE DE         Chemical       Chemical      (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.       Ink S.A.      210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS EN
UN MEDIO ACUOSO;
DISOLUCIONES DEFINIDAS EN
LA NOTA 4 DE ESTE CAPITULO.
Los demás. Barnices. A
base de derivados de la
celulosa

3908.90.29.00: PINTURAS     Sun           Sun           José Castiglioni
Y BARNICES A BSE DE         Chemical      Chemical      (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O      Ink S.A.      Ink S.A.      210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS
EN UN MEDIO NO ACUOSO;
DISOLUCIONES DEFINIDAS
EN LA NOTA 4 DE ESTE
CAPITULO. Los demás.
Barnices. Los demás.

3208.90.39.00: PINTURAS    Sun            Sun           José Castiglioni
Y BARNICES A BASE DE       Chemical       Chemical      (h) S.A. RUT:
POLIMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.       Ink S.A.      210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS
EN UN MEDIO NO ACUOSO;
DISOLUCIONES DEFINIDAS
EN LA NOTA 4 DE ESTE
CAPITULO. Los demás.
Disoluciones definidas
en la Nota 4 de este
capítulo. Las demás.

3209.10.20.00: PINTURAS    Sun            Sun          José Castiglioni
Y BARNICES A BASE DE       Chemical       Chemical     (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.       Ink S.A.     210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS
EN UN MEDIO ACUOSO. A
base de polímeros
acrílicos o vinílicos.
Barnices

3209.90.20.00: PINTURAS    Sun             Sun          José Castiglioni
Y BARNICES A BASE DE       Chemical        Chemical     (h) S.A. RUT:
POLÍMEROS SINTÉTICOS O     Ink S.A.        Ink S.A.     210002100010
NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS
EN UN MEDIO ACUOSO. Los
demás. Barnices

3210.00.20.00: LAS DEMÁS    Sun            Sun          José Castiglioni
PINTURAS Y BARNICES,        Chemical       Chemical     (h) S.A. RUT:
PIGMENTOS AL AGUA,          Ink S.A.       Ink S.A.     210002100010
PREPARADOS DE LOS TIPOS
UTILIZADOS PARA EL
ACABADO DEL CUERO.
Barnices

3906.90.19.00: POLÍMEROS    Sun             Sun         José Castiglioni
ACRÍLICOS EN FORMAS         Chemical        Chemical    (h) S.A. RUT:
PRIMARIAS. Los demás. En    Ink S.A.        Ink S.A.    210002100010
las formas previstas en
la Nota 6 a) de este
capítulo, en agua. Los
demás.


ROBERTO KREIMERMAN
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