EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 30/11/2010
Publicación: 07/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la resolución ministerial de fecha 9 de noviembre de 2010, por la
que se exceptuó a la empresa VESSENA S.A. de la aplicación del arancel
fijado por Decreto N° 643/006, en su anexo I, a la importación del
producto que se indicaba en la misma;

RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Industrias informa, que en la
referida resolución se omitió incluir la posición arancelaria
3923.30.00.10: ARTICULOS PARA EL TRANSPORTE O ENVASADO DE PLASTICO;
TAPONES, TAPAS, CAPSULAS, Y DEMAS DISPOSITIVOS DE CIERRE DE PLASTICO.
Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares. Preformas
para soplado de botellas;

CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Jurídica sugiere modificar la referida
resolución, en virtud de que en la misma se omitió incluir la línea
arancelaria 3923.30.00.10 solicitada oportunamente por VESSENA S.A.;

II) que procede actuar de acuerdo a lo sugerido precedentemente;

ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

 Modifícase la resolución ministerial de fecha 9 de noviembre de 2010 por
la que se exceptuó de la aplicación del arancel fijado por el Decreto N°
643/006, en su Anexo I, al producto, empresa exportadora e importador
especificados en la misma, en el sentido de incluir la siguiente posición
arancelaria:

NCM                    Productor        Exportador         Importador
3923.30.00.10          VIHA S.R.L.      VIHA S.R.L.        VESSENA S.A.
ARTICULOS PARA EL                                              RUT:
TRANSPORTE O ENVASADO                                     21 140 794 0012
DE PLASTICO; TAPONES,
TAPAS, CAPSULAS, Y
DEMAS DISPOSITIVOS DE
CIERRE, DE PLASTICO.
Bombonas (damajuanas),
botellas, frascos y
artículos similares.
Preformas para
soplado de botellas.

EDGARDO ORTUÑO
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