EXCEPCIONES ARANCELARIAS PARA LA IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS. MODIFICACION




Promulgación: 18/11/2009
Publicación: 26/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la resolución ministerial de 26 de octubre de 2009, por la que
exceptúa a la empresa SECON S.A. de la aplicación del arancel fijado por
el Decreto N° 643/006 para los productos que en la misma se especifican;

RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Industrias informa que en dicha
resolución se incurrió en error al transcribir el número de línea
arancelaria de los productos exceptuados;

CONSIDERANDO: que procede modificar la resolución indicada, en el sentido
de corregir el numeral 1° de la misma señalando el número de línea
arancelaria que corresponde;

ATENTO: a lo expuesto;

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

 Modifícase el numeral 1° de la Resolución Ministerial de 26 de octubre de
2009, por la que se exceptúa a la empresa SECON S.A. de la aplicación del
arancel fijado por el Decreto N° 643/006, para los productos que en la
misma se indican, en el sentido de establecer que el número de línea
arancelaria es el que a continuación se detalla y no el que se determinó
por error en la resolución citada;

     NCM            Descripción          Exportador        Importador
1905.31.00.10  Sin adición de cacao   Establecimientos     SECON S.A.
                                        Lagrifa S.A.          RUC
                                                          210287930017
1905.31.00.20  Con adición de cacao   Establecimientos     SECON S.A.
                                        Lagrifa S.A.          RUC
                                                          210287930017
1905.90.90.00        Los demás        Establecimientos     SECON S.A.
                                        Lagrifa S.A.          RUC
                                                          210287930017

RAUL SENDIC
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