Fecha de Publicación: 11/10/2024
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

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   Estas excepciones arancelarias regirán para todos los despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección Nacional de Aduanas desde el 19 de agosto de 2024 y hasta el 18 de agosto de 2026 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 367/011, de 14 de octubre de 2011.
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