PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución S/n
Desestímase la solicitud de autorización de la empresa VENYLUR S.A., para
fabricar bebidas sin alcohol con las marcas "SK" y "TWIST".
(1.267*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 11 de Agosto de 2014
VISTO: la solicitud de la empresa VENYLUR S.A., a efectos de obtener
autorización para fabricar bebidas sin alcohol con las marcas "SK" y
"TWIST", al amparo de lo establecido en la Ley N° 17.729 de 26 de
diciembre de 2003 y en su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio
de 2004.
RESULTANDO: que con fecha 7 de enero de 2014, se confirió vista a la
administrada del informe jurídico donde se le indicó que a fin de acceder
a su solicitud debía acreditar: certificados de situación regular de pagos
expedidos por BPS y DGI; certificado de habilitación de la planta de
producción expedido por el Ministerio de Salud Pública; certificados de
registro de los productos expedidos por la Intendencia M. de Canelones y
el Ministerio de Salud Pública; y registro definitivo de las marcas
solicitadas ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial.
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Industrias de fecha 11 de
julio de 2014, informa que transcurrido en exceso el plazo otorgado sin
que la administrada presente los extremos faltantes o en su caso, acredite
el estado actual de los mismos ante los organismos correspondientes;
II) que la Asesoría Jurídica compartiendo lo informado por la DNI, y en la
medida de que la peticionante no ha dado cumplimiento a lo establecido por
la Ley N° 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y en su Decreto Reglamentario
N° 184/004, de 3 de junio de 2004, correspondería dictar resolución no
haciendo lugar a dicha solicitud.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio de
2004.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
Desestímase la solicitud de la empresa VENYLUR S.A., a efectos de obtener
autorización para fabricar bebidas sin alcohol con las marcas "SK" y
"TWIST", en virtud de lo establecido en la Ley N° 17.729 de 26 de
diciembre de 2003 y en su Decreto Reglamentario N° 184/004, de 3 de junio
de 2004.