FABRICACION DE BEBIDAS SIN ALCOHOL GASIFICADAS "PRAIA". RIDOZIR S.A.




Fecha de Publicación: 19/09/2008
Página: 739-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Resolución S/n

Autorízase a RIDOZIR S.A., la fabricación de bebidas sin alcohol
gasificadas sabor guaraná, con la marca "PRAIA".
(1.925)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                       Montevideo, 11 de Setiembre de 2008

VISTO: la solicitud formulada por RIDOZIR S.A., tendiente a obtener
autorización, para la fabricación de bebidas sin alcohol, al amparo de la
Ley Nº 17.729 de 26 de diciembre de 2003 y su Decreto Reglamentario Nº
184/004, de 3 de junio de 2004.

RESULTANDO: que dichas disposiciones establecen como requisito para el
desarrollo de actividades por parte de las empresas fabricantes e
importadoras de bebidas gravadas por los numerales 6) y 7) del artículo 1º
del Título II del Texto Ordenado 1996, la autorización expresa de esta
Secretaría de Estado.

CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, compartiendo lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias, entiende que no existen impedimentos para acceder a lo
solicitado, en tanto la empresa ha presentado en forma toda la
documentación exigida en la normativa citada.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 17.729, de 26 de
diciembre de 2003, y su Decreto Reglamentario Nº 184/004, de 3 de junio de
2004.

               EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a RIDOZIR S.A., la fabricación de bebidas sin alcohol
gasificadas sabor guaraná, con la marca "PRAIA".

2

 Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial conforme a lo
dispuesto por el Decreto Nº 184/004, de 3 de junio de 2004.

3

 Notifíquese, comuníquese, y pase a sus efectos a la Dirección Nacional de
Industrias.

DANIEL MARTINEZ.
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