CONVOCATORIA A ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES GRANJEROS DE PRIMER GRADO, PARA POSTULAR SUS REPRESENTANTES PARA INTEGRAR LA JUNTA NACIONAL DE LA GRANJA




Promulgación: 21/06/2021
Publicación: 01/07/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la forma de integración y duración de los miembros de la Junta Nacional de la Granja prevista por los artículos 8 y 9 de la Ley N° 16.105, de 23 de enero de 1990, en la redacción dada al inciso 2° del primero de los artículos referidos por el artículo 136 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, y a los incisos 2°, 3° y 4° del segundo de los artículos referidos por el artículo único de la Ley N° 16.324, de 9 de noviembre de 1992;

   RESULTANDO: I) que con fecha 17 de febrero de 2021, el Director General de la Granja da cuenta de la necesidad, al amparo de la normativa citada, de que se proceda a la designación de los nuevos representantes de los productores granjeros ante la Junta Nacional de la Granja, uno por la Confederación Granjera del Uruguay, otro por la Comisión Nacional de Fomento Rural, otro por las Cooperativas Agrarias Federadas y el cuarto por las demás organizaciones de productores de primer grado. Para ello, indica que esta Secretaría de Estado debería en los tres primeros casos solicitar la designación, y en el último, realizar una convocatoria pública. Asimismo, señala que debería solicitarse al Ministerio de Economía y Finanzas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Banco de la República Oriental del Uruguay y Cámaras de Industrias del Uruguay la designación de sus respectivos representantes, en cumplimiento de la normativa vigente (fs. 1);

   II) que por informe de fecha 4 de marzo de 2021, la Asesora de la Dirección General de Secretaría, Dra. Elsa Gendra, señala que procedería realizar y cursar los oficios respectivos a las organizaciones y entidades mencionadas por la Dirección General de la Granja en la nota precedente y, mediante resolución ministerial, invitar públicamente a las organizaciones de productores de primer grado a presentar sus candidatos, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial (fs. 3);

   CONSIDERANDO: pertinente disponer de conformidad a lo requerido por la Dirección General de la Granja, en la forma indicada en el informe letrado de fs. 3;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;

              EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

   Invítase públicamente a las organizaciones de productores granjeros de primer grado que no sean miembros de la Confederación Granjera del Uruguay, de la Comisión de Fomento Rural y de las Cooperativas Agrarias Federadas, a presentar ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, sus candidatos para integrar la Junta Nacional de la Granja en calidad de cuarto miembro representante de los productores granjeros, dentro del plazo de 60 (sesenta) días a contar de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.

   CARLOS MARÍA URIARTE
Ayuda