DEFINICION DE PRODUCTOR FAMILIAR AGROPECUARIO Y/O PESQUERO, Y LOS REQUISITOS A CUMPLIR PARA INTEGRAR EL "REGISTRO DE PRODUCTORES FAMILIARES"




Promulgación: 11/11/2016
Publicación: 18/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO II - De la actualización del Registro y su publicación

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   Por la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión, publíquese en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría de Estado. Asimismo, en dicha página web, publíquese la nómina de Productores Familiares Agropecuarios y Pesqueros y las bajas producidas en el referido Registro. El listado se limitara a: nombres y apellidos, documento de identidad y departamento.
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