APROBACION DEL "PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES HABILITADAS, LEY N° 19.292", RELATIVO A LA PRODUCCION FAMILIAR AGROPECUARIA Y PESCA ARTESANAL




Promulgación: 22/06/2016
Publicación: 28/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la ley N° 19.292, de 16 de diciembre de 2014 y su decreto reglamentario N° 86/015, de 27 de febrero de 2015;

   RESULTANDO: I) que la citada ley declara de interés general la producción agropecuaria familiar y la pesca artesanal, estableciendo un régimen de compras estatales con el fin de beneficiar a las organizaciones habilitadas en la utilización del mismo;

   II) que de acuerdo a los artículos 5 y 8 de la citada ley y el artículo 1° del referido decreto, se entiende por Organización Habilitada aquella integrada por productores agropecuarios (productores familiares agropecuarios y/o pescadores artesanales) que cumplan con las particularidades establecidas en dichas normas e inscripta en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) administrado por la Dirección General de Desarrollo Rural de éste Ministerio;

   CONSIDERANDO: I) la propuesta de procedimiento que instrumente la inscripción de las organizaciones en el referido registro elaborada por los equipos técnicos de la Dirección General de Desarrollo Rural, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos y la Dirección General de la Granja de ésta Secretaria de Estado.

   II) conveniente aprobar un procedimiento que garantice a las partes transparencia en el sistema.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, artículos 261, 262 y 285 de la ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, modificativas, complementarias y concordantes, ley N° 19.292, de 16 de diciembre de 2014 y su decreto reglamentario N° 86/015, de 27 de febrero de 2015,

              EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

   Apruébese el "Procedimiento de inscripción ante el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas, ley N° 19.292", cuyo texto se aprueba y forma parte integrante de la presente resolución.

   TABARÉ AGUERRE
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