DECLARACION DE EMERGENCIA AGROPECUARIA PARA EL DEPARTAMENTO DE FLORES




Promulgación: 07/07/2015
Publicación: 13/07/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 207° de la ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y por los artículos 1°, 3°, 4° y 5° del decreto reglamentario N° 829/008, de fecha 24 de diciembre de 2008;

   RESULTANDO: I) por la mencionada ley se crea el Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), para atender pérdidas ocasionadas por emergencias agropecuarias derivadas de eventos climáticos, sanitarios o fitosanitarios extremos;

   II) el citado decreto reglamentario establece que las emergencias agropecuarias tendrán que ser declaradas expresamente por el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, con el asesoramiento de la Comisión de Emergencias Agropecuarias;

   CONSIDERANDO: I) con fecha 7 de julio de 2015 se reúne la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de analizar la situación del departamento de Flores que debido al déficit hídrico también se enfrenta a una situación límite en lo referente a la producción ganadera y lechera;

   II) que de la valoración realizada por técnicos de este Ministerio y la información suministrada por INIA GRASS y el Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET), teniendo en cuenta el porcentaje de agua disponible en suelo, el índice de precipitación estandarizada y la ocurrencia de heladas en los últimos días, se concluye que se hace necesario la declaración de Emergencia Agropecuaria para dicho departamento, en los rubros lechería y ganadería;

   III) que dicha declaración de emergencia será hasta el 15 de agosto de 2015, sin perjuicio de poder extenderse por un plazo mayor según la evolución de las condiciones;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 207° de la ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008 y por lo artículos 1°, 3°, 4° y 5° del decreto reglamentario N° 829/008, de fecha 24 de diciembre de 2008,

              EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

   Declarar la Emergencia Agropecuaria, para el departamento de Flores hasta el 15 de agosto de 2015 en los rubros de ganadería y lechería.

2

   Dése cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página Web de este Ministerio.

3

   Publíquese en el Diario Oficial. Cumplido, archívese.

   TABARÉ AGUERRE
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