SUSPENSION DEL COBRO DE TARIFAS DE SERVICIO DE CERTIFICACION SANITARIA DE BOVINOS Y OVINOS




Promulgación: 26/02/2015
Publicación: 04/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: y

   RESULTANDO: I) Dirección General de Servicios Ganaderos conjuntamente con el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), han desarrollado un programa informático de certificación sanitaria electrónica en todas sus etapas, de bovinos y ovinos con destino a plantas de faena para abasto y exportación;

   II) en el marco del Sistema Nacional de Veterinarios de Libre Ejercicio establecido por la ley N° 17,950 de enero de 2006, se han impartido cursos de actualización en el sistema de certificación sanitaria electrónica, a más de 800 veterinario de libre ejercicio acreditados y a la totalidad de los veterinarios del Servicio Oficial;

   III) se encuentra aún en proceso de desarrollo, el sistema de pago de tarifas por los servicios de certificación sanitaria, previsto por el decreto N° 641/989 de 29 de diciembre 1989, con la actualización correspondiente;

   CONSIDERANDO: I) a la fecha de inicio de la puesta en funcionamiento del sistema de certificación electrónica, el 2 de marzo del corriente, aún no se encontrará operativo, el procedimiento de pago de las tarifas por dicho servicio;

   II) necesario disponer la suspensión del cobro de las tarifas por certificación sanitaria de bovinos y ovinos y sellado correspondiente, por el término de hasta 180 días, a fin de posibilitar el inicio de la puesta en funcionamiento del sistema de certificación electrónica de manera fluida y eficaz;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la Ley N° 3.606 de fecha 13 de abril de 1910; decreto N° 641/989 de 29 de diciembre de 1989; Ley N° 17.950 de 8 de enero de 2006; decreto N° 171 de 9 de mayo de 2007; Ley N° 17.997 de 2 de agosto de 2006, modificativas y complementarias;

              EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                 RESUELVE

1

   Suspéndase por el término de hasta 180 días, a partir del 2 de marzo de 2015, el cobro de las tarifas por el servicio de certificación sanitaria de bovinos y ovinos para embarque con destino a faena y sellado de documento, percibido por el MGAP, al amparo de lo establecido por el decreto N° 641/989 de 29 de diciembre de 1989.

(*)Notas:
Ver vigencia:
      Resolución MGAP S/N de 06/07/2016 numeral 1,
      Resolución MGAP S/N de 01/09/2015 numeral 1.

2

   Publíquese en el Diario Oficial; comuníquese; difúndase, etc.

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