AMPLIACION DEL OTORGAMIENTO DE APOYO FINANCIERO PARCIALMENTE REEMBOLSABLE DEL FONDO AGROPECUARIO DE EMERGENCIA (FAE), PARA DETERMINADOS PRODUCTORES GRANJEROS




Promulgación: 17/05/2013
Publicación: 28/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1004
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por el artículo N° 207 de la ley N° 18.362, de 6 de
octubre de 2008, el decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008 y las
resoluciones ministeriales Nos. 105/013, 169/013 de fechas 5 y 26 de
febrero de 2013 y 346/013, de 9 de mayo de 2013;

RESULTANDO: I) por resolución ministerial N° 105/013, de fecha 5 de
febrero de 2013, el Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca declaró la
emergencia agropecuaria para el sector granjero, a partir de dicha fecha
por un plazo de 90 (noventa) días, en los departamento de Montevideo,
Canelones y en el área comprendida por las Secciones Policiales 05, 06, 07
y 10 del departamento de San José;

II) por resolución ministerial N° 168/013, de fecha 26 de febrero de 2013,
esta Secretaría de Estado resolvió otorgar un apoyo financiero
parcialmente reembolsable del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE),
para aquellos productores granjeros comprendidos en la declaración de
emergencia agropecuaria referida en el numeral anterior, con el objeto de
atender las necesidades de mantenimiento de sus proyectos productivos
contribuyendo a recuperar las capacidades perdidas;

III) por resolución ministerial N° 346/013, de 9 de mayo de 2013 se otorgó
la segunda cuota del Apoyo Financiero Parcialmente Reembolsable del Fondo
Agropecuario de Emergencias (FAE), resuelto en la resolución ministerial
N° 168/013 del 26 de febrero de 2013, para aquellos productores granjeros
comprendidos en los departamento de Montevideo, Canelones y en el área
comprendida por las Secciones Policiales 05, 06, 07 y 10 del departamento
de San José.

Los productores que fueron objeto del beneficio a que se alude son quienes
figuraban en el anexo adjunto de dicha resolución;

CONSIDERANDO: pertinente ampliar la resolución ministerial N° 346/013, de
9 de mayo de 2013;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

          EL MINISTRO INTERINO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la resolución ministerial N° 346/013, de fecha 9 de mayo de 2013
otorgándose la segunda cuota del Apoyo Financiero Parcialmente
Reembolsable del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE), resuelto en la
resolución ministerial N° 168/013 del 26 de febrero de 2013, para aquellos
productores granjeros comprendidos en los departamento de Montevideo,
Canelones y en el área comprendida por las Secciones Policiales 05, 06, 07
y 10 del departamento de San José

2

 Los productores beneficiarios en esta instancia son quienes figuran en el
anexo adjunto(*), que se considera parte integrante de esta resolución.

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

3

 Se mantiene en los demás términos las resolución ministerial N° 346/013,
de fecha 9 de mayo de 2013.

4

 Dese cuenta al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) y a la
Dirección General de la Granja.

5

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en la página web del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

ENZO BENECH
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