PROCEDIMIENTO DE FAENA PARA BOVINOS QUE NO CUMPLEN CON LAS CONDICIONES EXIGIDAS PARA LA EXPORTACION EN EL MARCO DEL SIRA




Promulgación: 24/08/2011
Publicación: 01/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Resolución MGAP S/N de 17/02/2012 numeral 1.

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 Las plantas frigoríficas identificarán en la faena, cada cuarto de
carcasa, con un sello (de 8 cm. de alto por 8 cm. de ancho) con el código
"MI". Dichas plantas llevarán en el desosado, un registro de cuartos
delanteros y traseros que ingresan a sala. Las cajas, llevarán un sello
con el código "MI". Las menudencias se pondrán en cajas o bolsas
identificadas también, con el sello especificado precedentemente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 5 y 8 (vigencia).
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