PRODUCTORES REMITENTES A PLANTAS INDUSTRIALIZADORAS DE LACTEOS Y QUESOS ARTESANALES. APOYO FINANCIERO Y ASISTENCIA CREDITICIA




Promulgación: 13/02/2009
Publicación: 19/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 343
Referencias a toda la norma

CAPITULO II -  DEL APOYO FINANCIERO PARCIALMENTE REEMBOLSABLE PARA PRODUCTORES DE LECHE REMITENTES A PLANTAS INDUSTRIALIZADORAS Y QUESEROS ARTESANALES

7

 PRODUCTORES QUESEROS ARTESANALES EN FORMA EXCLUSIVA

Los productores de queso artesanal recibirán el apoyo financiero
parcialmente reembolsable, en razón al promedio diario de elaboración del
período 1° de julio de 2007 y el 30 de junio de 2008 y acorde a los
siguientes criterios:

i) Los productores de queso artesanales en forma exclusiva cuyo promedio
de elaboración de leche diaria en el período de referencia sea inferior o
igual a 500 litros por día recibirán 1 peso (un peso) por litro de leche
para los primeros 90 días a partir de la declaratoria de emergencia
agropecuaria, este apoyo tendrá carácter no reembolsable en un 90%. El
plazo del reembolso del 10%, será de un año, con interés a cargo del FAE.

ii) Los productores de queso artesanales en forma exclusiva cuyo promedio
de elaboración de leche diaria en el período de referencia sea superior a
500 litros por día y hasta 1000 litros por día inclusive recibirán 0,90
peso (cero peso con noventa centésimos) por litro de leche para los
primeros 90 días a partir de la declaratoria de emergencia agropecuaria,
este apoyo tendrá carácter no reembolsable en un 80%. El plazo del
reembolso del 20%, será de un año, con interés a cargo del FAE.
Referencias al numeral
Ayuda