PROHIBICION DE APLICACIONES AEREAS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN CULTIVOS CERCANOS A PREDIOS DE ESCUELAS RURALES




Promulgación: 17/11/2008
Publicación: 25/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2414

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 La contravención a las disposiciones precedentemente establecidas será
pasible de la aplicación de las sanciones de apercibimiento, multa,
decomiso, suspensiones o clausuras de conformidad con lo dispuesto por el
Art. 285 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.
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