AUTORIZACION DE LA COMERCIALIZACION DE VACUNAS ANTIRRABICAS PARA BOVINOS Y EQUINOS




Promulgación: 15/02/2008
Publicación: 20/02/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 287

3

 La autorización para adquirir vacunas antirrábicas para aplicación en
bovinos y equinos, se extenderá con la exhibición de la última 
Declaración Jurada de DI.CO.SE., y las Guías de Propiedad y Tránsito de 
movimientos posteriores a la fecha de la Declaración.
El Servicio Oficial no extenderá la autorización para adquirir vacunas
antirrábicas, en caso de constatarse diferencias entre la cantidad y
categoría de animales a vacunar y los datos contenidos en la
documentación especificada en el inciso precedente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4.
Ayuda