DESCRIPCION DE LA FUNCION DE ALTA ESPECIALIZACION DE DIRECTOR. DEPARTAMENTO CONTROL SANITARIO DE LACTEOS




Promulgación: 02/10/2007
Publicación: 16/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 841
VISTO: el decreto del Poder Ejecutivo Nº 24/998, de 28 de enero de 1998,
dictado al amparo de lo establecido en los artículos 707 y siguientes de
la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario Nº
186/996, de 16 de mayo de 1996;

RESULTANDO: I) el citado decreto aprueba la estructura organizativa de la
Unidad Ejecutora 005 "Dirección General de Servicios Ganaderos" de este
Ministerio;

II) dentro de la estructura de puestos de trabajo se crean hasta 2
funciones de Alta Especialización en la Dirección General, con un perfil
de nivel terciario;

III) la Dirección General de Servicios Ganaderos pretende proveer un
puesto de trabajo por lo que corresponde realizar y publicar la
descripción de las funciones según lo establecido en el artículo 718 de la
ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996;

IV) la Dirección General de Servicios Ganaderos requiere para el
cumplimiento de sus cometidos de un Director del Departamento de Control
Sanitario de Lácteos;

CONSIDERANDO: pertinente efectuar la publicación según lo establecido en
el artículo 718 de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 707
y siguientes de la ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, decreto
reglamentario Nº 186/996, de 16 de mayo de 1996, decreto reglamentario Nº
303/996, de 31 de julio de 1996 y decreto Nº 24/998, de 28 de enero de
1998;

              EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Establécese que la descripción de la función de alta Especialización de
Director del Departamento Control Sanitario de Lácteos en la Unidad
Ejecutora 005, Dirección General de Servicios Ganaderos, del Inciso 7
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, es la siguiente:

A) Descripción de la función de alta Especialización: Director del
   Departamento Control Sanitario de Lácteos.

A.1) Ubicación de la función
     Dependerá jerárquica y funcionalmente de la Dirección General de
     Servicios Ganaderos.

A.2) Cometidos de la Función
     Asesorar y coordinar actividades en la Unidad Ejecutora 005, para el
     cumplimiento de sus objetivos estratégicos, principalmente el
     relacionamiento interinstitucional e intrainstitucional vinculadas a
     fortalecer la cadena láctea en lo referente a sus cometidos
     específicos.

A.3) Principales actividades en el cumplimiento de la función
     * Mantener en representación de la entidad y de acuerdo a su misión
     las vinculaciones con todos los distintos grupos de interés (otras
     estructuras del MGAP, Organismos Oficiales, e integrantes privados
     de la cadena láctea).
     * Planificar y recibir directamente o en forma delegada a las
     Misiones Oficiales.
     * Proponer y gerenciar los programas y planes estratégicos generales
     y prioritarios para el quinquenio.
     * Establecer objetivos de la organización alineados con los planes
     trazados que contemplen análisis y medidas de indicadores de
     eficiencia.
     * Tomar decisiones objetivas, consistentes, racionales y eficaces
     basadas en análisis de datos y registros confiables.
     * Asegurar que se implementen procesos apropiados para cumplir con
     los requisitos de los clientes y partes interesadas.
     * Asegurar la disponibilidad de recursos para orientar las
     actividades en base a procesos.
     * Decidir acciones, planes, recursos y responsables en relación a
     los objetivos establecidos.
     * Planear, implementar, operar, mantener y actualizar el sistema de
     gestión operativo de toda la entidad.
     * Establecer directrices técnicas y administrativas de
     funcionamiento.
     * Aprobar planes, proyectos y medidas relativas a la salvaguarda de
     la inocuidad de la leche y subproductos lácteos, la Salud Pública y
     la implicancia de la salud animal.
     * Evaluar la competencia y desempeño del personal a su cargo.
     * Crear un ambiente para que el personal se encuentre motivado.
     * Coordinar y promover acciones entre las unidades de la Unidad
     Ejecutora y otras oficinas del MGAP a fin de complementar el control
     sanitario de todos los eslabones de la cadena láctea (Habilitación,
     inspección y control de establecimientos productores de leche y
     queseros artesanales, etc.).

A.4) Condiciones de trabajo
     La función requiere dedicación exclusiva.
     La remuneración será de $ 40.041,92, valor nominal, por 40 horas
     semanales.
     Duración del contrato: 5 años.

B)   Requisitos de calificación de los postulantes

B.1) Formación académica
     Doctor en Medicina Veterinaria o su equivalente en la Facultad de
     Veterinaria.

B.2) Especialización técnica
     * Manejo de personal y supervisión de inspectores.
     * Inspección higiénica sanitaria de la Industria Láctea.
     * Buenas Prácticas de Elaboración.
     * Microbiología de la leche y productos lácteos.
     * Tecnologías básicas y emergentes en la Industria Láctea.
     * Sistemas voluntarios, BPA, BPM y particularmente HACCP.
     * Normas de gestión de calidad con particular énfasis en ISO
     22.000:20005.
     * Procedimientos de Auditorías.
     * Buen dominio de Inglés (lecto-escritura y conversación).
     * Discernimiento de bases epidemiológicas y de estadística.
     * Instrucción y manejo informático.

B.3) Experiencia laboral
     * Experiencia mínima 5 años en el desempeño de tareas vinculadas a
     los temas referidos en los cometidos de la función.
     * Dirección de oficinas especializadas en el tema.
     * Acreditar desempeño de gestión en grupos de trabajo.

B.4) Aptitudes personales
     Deberá contar con las siguientes habilidades: Capacidad a trabajar
     en equipos, Ordenado, Meticuloso, Con iniciativa, Capacidad de
     liderazgo, Capacidad de gestión, Disposición a calificarse, Buena
     Comunicación, Manejo de personal.

2

 Dése cuenta a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría
General de la Nación. Cumplido, publíquese en el Diario Oficial.

JOSE MUJICA
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