AGRICULTURA. LIMITE PARA EL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS A BASE DE METAMIDOFOS




Promulgación: 04/10/2006
Publicación: 17/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 806
VISTO: la necesidad de instrumentar medidas tendientes a evitar los
efectos adversos derivados de la aplicación y utilización en el país de
insecticidas organofosforados a base de metamidofos;

RESULTANDO: I) por resolución ministerial de fecha 30 de enero de 2002,
se restringió el uso de productos fitosanitarios a base de Metamidofos al
control de plagas en el cultivo de papa;

II) no obstante dicha limitación, la disponibilidad en plaza de este
producto ha traído como consecuencia su utilización en otros cultivos de
consumo directo para los cuales no está autorizado;

CONSIDERANDO: I) la restricción dispuesta oportunamente para este
principio activo no tuvo en los hechos los efectos esperados en cuanto a
contribuir a la paulatina disminución de su utilización en tanto los
volúmenes de importación se mantuvieron constantes;

II) necesario adoptar medidas adicionales tendientes a prevenir el desvio
de uso y de esta forma, evitar los efectos adversos que ello trae
aparejado valorando además las reales posibilidades existentes de
enfrentar los problemas fitosanitarios con productos autorizados de menor
peligrosidad;

III) de acuerdo a la información disponible en esta Secretaría de Estado
existen en plaza volúmenes importantes de productos a base de este
ingrediente activo, lo que amerita otorgar un plazo prudencial para su
utilización por representar ésta la única alternativa disponible para su
disposición final;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 137 de la ley Nº 13.640, de 26 de
diciembre de 1967, ley Nº 17.593, de 29 de noviembre de 2002, decreto Nº
367/968, de 6 de junio de 1968, artículo 24 del decreto Nº 149/997, de 15
de marzo de 1977 y a lo sugerido por los Departamentos Técnicos de la
Dirección General de Servicios Agrícolas,

              EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Prohíbese el registro, la importación, formulación, comercialización,
aplicación/utilización de productos fitosanitarios a base de Metamidofos
para uso agrícola.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 2 y 6.

JOSE MUJICA
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