FONDO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO DE LA GRANJA




Promulgación: 30/08/2005
Publicación: 07/09/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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 Para acceder a los adelantos los beneficiarios deberán ratificar que se
encuentran en actividad, acordar una fórmula de pago del saldo con el
Banco de la República Oriental del Uruguay o con la Compañía
Administradora de Recuperación de Activos AFISA y suscribir el seguro
agrario de producción por un monto de al menos la cuotaparte del servicio
de deuda comprometido para cada año.
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