PROHIBICION DE LAS APLICACIONES AEREAS DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS EN TODO TIPO DE CULTIVO




Promulgación: 14/05/2004
Publicación: 21/05/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 987
Referencias a toda la norma

4

   En función de lo previsto en los numerales 1º y 2º, la Dirección General de Servicios Agrícolas determinará la inclusión de frases precautorias en los textos de etiqueta de productos fitosanitarios aprobados y que se aprueben, de acuerdo a las disposiciones 
reglamentarias vigentes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 6.
Ayuda