Fecha de Publicación: 26/11/2013
Página: 16
Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

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 La Dirección General de Servicios Ganaderos establecerá las condiciones,
requisitos y procedimientos para la gestión de exportación de animales en
pie, sin perjuicio de lo establecido en la presente resolución.
Al momento de la inscripción en el Registro, los interesados deberán
proporcionar los siguientes datos adicionales:
*     Nombre, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico del
      responsable o representante de la empresa ante el Ministerio de
      Ganadería, Agricultura y Pesca.
*     N° de DICOSE del exportador.
*     Nombre, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico de un
      Asesor técnico, responsable directo, de los procedimientos de
      cuarentena.
*     Certificado notarial que acredite la disposición de un predio
      cuarentenario propio o con contrato vigente para los animales a
      embarcar; ubicación y N° de DICOSE de dicho predio, con habilitación
      sanitaria vigente otorgada por la División Sanidad Animal.
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