Fecha de Publicación: 05/09/2005
Página: 405-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Resolución S/n

Postérgase la entrada en vigencia de la Resolución por la que se
instrumentó un sistema de identificación de aves faenadas que asegure su
individualidad.
(1.657*R)

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                          Montevideo, 31 de Agosto de 2005

VISTO: la resolución ministerial No. 718/005, de fecha 28 de junio de
2005, referente a la instrumentación de un sistema de identificación de
aves faenadas que asegure su individualidad;

CONSIDERANDO: pertinente postergar la entrada en vigencia establecida en
el numeral 3º de la referida resolución;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

              EL MINISTRO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Postérgase hasta el 21 de setiembre del 2005, la entrada en vigencia de
la resolución No. 718/005, de fecha 28 de junio de 2005, que en su
numeral 3º determina que "no se podrán comercializar canales enteras, ni
fraccionadas, enfriadas y congeladas, que no contengan la impresión
identificatoria señalada en el numeral precedente".

2

 Las aves faenadas, con destino a plantas industrializadoras de productos
cárnicos, quedarán exceptuadas del sistema de identificación individual
de aves, pudiendo utilizar envases colectivos, cumpliendo con los
requisitos de rotulado dispuestos por la reglamentación vigente.

3

 Publíquese en el Diario Oficial y dos diarios de circulación nacional.

4

 Comuníquese, etc.

JOSE MUJICA.
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