Fecha de Publicación: 05/07/2005
Página: 20-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

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 A partir del 31 de agosto de 2005, no se podrán comercializar canales
enteras, ni fraccionadas, enfriadas y congeladas, que no contengan la
impresión identificatoria señalada en el numeral precedente.
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