NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 07/08/1997
Publicación: 11/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 266
  VISTO: el Decreto Nº 249/997 de 30 de julio de 1997, que introduce
modificaciones en las nóminas de bienes contenidas en el Anexo II del
Decreto Nº 511/996 de 31 de diciembre de 1996;

  CONSIDERANDO: Necesario ajustar el Anexo de la Resolución de este
Ministerio de 31 de diciembre de 1996, que incorporó los dígitos nueve y
diez a la Nomenclatura Común del Mercosur, a los efectos de su adecuación
a las modificaciones a que alude el Visto;

ATENTO: A lo expresado,

                     EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                             RESUELVE:

1

   Elimínase de la Nomenclatura estructurada a diez dígitos aprobada por
la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 31 de diciembre de
1996 el ítem 1905.90.00.10.
Referencias al numeral

2

Incorpóranse a la Nomenclatura mencionada en el numeral anterior los
siguientes ítems, con su correspondiente régimen arancelario:
 CODIGO        DESCRIPCION         AEC     TGA     UVF
                                       E/Z     I/Z
1905.90.00.1      Pan, galletas de mar y
       demás productos de
       panadería sin adición
       de azúcar, miel, huevos,
       materias grasas, queso o
       frutas
1905.90.00.11  Pan en rebanadas     18  18      7   10
1905.90.00.19  Los demás            18  18     14   10
1905.90.00.24  Pan en rebanadas     18  18      7   10
3506.91.90.92  Adhesivos presentados
       exclusivamente en estado
       sólido con características
       de termofundibles            16  16      0   10
Referencias al numeral

3

Comuníquese, publíquese, etc.

JUAN A. MOREIRA ROGGERO
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