INCORPORACION AL LISTADO DE BIENES EN REGIMEN DE INGRESO O EGRESO TEMPORAL O PERMANENTE, LIBRES DE TODO TRIBUTO, EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION DE FECHA 24 DE MARZO DE 2020, DE LAS MERCADERIAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 22/02/2021
Publicación: 03/03/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia: Resolución MEF S/N de 18/05/2022 numeral 1.
   VISTO: Lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 81 de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes.

   RESULTANDO: I) que la referida norma, en su artículo 5°, permite la actualización de bienes que serán alcanzados por lo dispuesto en la misma.

   II) que es necesario proceder con celeridad a la incorporación de las Vacunas contra la COVID-19 y sus cajas contenedoras a la lista de bienes a los efectos de que se le apliquen los mismos procedimientos simplificados y eficientes que permitan el ingreso de forma ágil e inmediata.

   CONSIDERANDO: que resulta oportuno y conveniente acorde al plan de vacunación establecido por el Ministerio de Salud Pública.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorpórase al listado de bienes dispuesto por Resolución Ministerial N° 81 de 24 de marzo de 2020, sus modificativas y concordantes, la mercadería que se señala a continuación:

NCM
Descripción
Observaciones
3002.20.19.10
Contra COVID 19
Autorizada por MSP
3002.20.29.10
Contra COVID 19
Autorizada por MSP
3923.10.90.90
Los demás
Cajas térmicas para el transporte de vacunas

2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   AZUCENA ARBELECHE
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