MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA




Promulgación: 26/05/2004
Publicación: 28/05/2004
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1344
   VISTO: el Decreto Nº 373/003, de 10 de setiembre de 2003, que 
establece restricciones para el manejo y comercialización de baterías que contengan plomo.

   RESULTANDO: que en la partida 85.07 de la nomenclatura arancelaria 
existen ítem específicos para las baterías que contienen plomo, mientras 
que sus partes clasifican en ítem genéricos, que comprenden productos no 
alcanzados por las mencionadas restricciones.

   CONSIDERANDO: necesario efectuar las aperturas en la nomenclatura de uso interno a diez dígitos que permitan distinguir las partes para baterías que contengan plomo de las restantes.

   ATENTO: a lo expuesto,

   EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                               RESUELVE:

1

   Modifícase la Nomenclatura Arancelaria a diez dígitos establecida por
la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 31 de diciembre de
2003, de acuerdo con el detalle que se establece en el anexo que forma
parte de esta Resolución.


(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (anexo).

2

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVARO ROSSA MEDINA
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